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ENTRO EN VIGENCIA EMITIR FACTURAS TIPO A, PARA MONOTRIBUTISTAS.

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ENTRO EN VIGENCIA EMITIR FACTURAS TIPO A, PARA MONOTRIBUTISTAS.

A partir de la fecha, entra en vigencia la emisión de factura A por compras efectuadas por Monotributistas, excepto Monotributistas Social. Solo los Responsables Inscriptos deberán, entregar al Monotributista por compras que realice para su actividad comercial declarada, la Factura A con la leyenda “El Crédito Fiscal discriminado en el presente comprobante solo podrá ser computado a efectos del procedimiento permanente de transición al Régimen General – Capitulo IV – Ley 27618”.  Quienes no hayan actualizados sus sistemas, o controlador Fiscal, para la emisión de las facturas con dichos requisitos, la AFIP permite a través de Comprobantes en Línea, realizar tal operatoria. Es igual que emitir las facturas tradicionales A, que con la cuit del monotributista, en el paso 4 de la confección de la factura, en donde dice: Condición frente al Iva, debe aparecer la Leyenda indicada anteriormente. Verificado éste punto, la emisión de la misma debería identica a la realizada, y la factura debería aparecer con la leyenda.

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